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Objetivo
El Juzgado de Policía Local depende administrativamente de la Municipalidad y técnicamente del Poder Judicial, en conformidad con las normas establecidas en la Ley N° 15.231 y 18.287.
Funciones y atribuciones
- Conocer y registrar infracciones a preceptos que reglamentan el transporte por calles y caminos y el tránsito público.
- Conocer infracciones a ordenanzas, reglamentos, acuerdos municipales y decretos de la alcaldía.
- Conocer materias del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.
- Conocer materias de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Conocer materias de la Ley de Educación Primaria Obligatoria.
- Conocer materias del D.F.L. 216, sobre Registro de Empadronamiento Vecinal.
- Conocer materias de las leyes sobre pavimentación.
- Conocer materias de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.
- Conocer materias de la Ley N° 5.172 sobre Espectáculos Públicos, Diversiones y Carreras.
- Conocer materias de la Ley N° 13.937, sobre Letrero con Nombre de las Calles.
- Conocer materias de la Ley N° 4.023, sobre Guía de Libre Tránsito.
- Conocer materias del D.F.L. N° 34 sobre Pesca y su Reglamento.
- Reprimir y castigar las faltas o abusos que se cometieren dentro de la sala de su despacho y mientras ejercen sus funciones.
- Remitir cada tres meses a la Corte de Apelaciones correspondiente un informe de la gestión del tribunal (enero, abril, julio y octubre).